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Publicado en 15 Abril 2011
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Este es un servicio totalmente gratuito. Rellene este formulario con las características del profesional que desea contratar y pulse el botón Enviar.

La oferta de empleo será trasladada a los colegiados inscritos en la bolsa de empleo. Aquellos interesados en formar parte en el proceso de selección, les remitirán sus Curriculums Vitae por el medio que Uds. hayan elegido.

El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de la Región de Murcia no participa en ningún proceso de selección.

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley 15/1999, por la que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, se advierte de los siguientes extremos: El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de la Región de Murcia tratará los datos personales del Solicitante de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, con la finalidad de realizar la gestión administrativa y mantenimiento de la base de datos del Colegio. El Solicitante queda informado sobre la posibilidad de ejercer en las Oficinas del Colegio, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y a que sus datos no sean utilizados para fines de publicidad o prospección comercial.

La aceptación del Solicitante para que puedan ser tratados o cedidos sus datos de la forma establecida anteriormente, tiene siempre carácter revocable, sin efectos retroactivos, conforme a lo que disponen los artículos 6 y 11 de la Ley 15/1999 de 13 de diciembre.

Formulario de Oferta de Empleo
 
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Publicado en 15 Abril 2011
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El ejercicio de la profesión de los Ingenieros Técnicos Agrícolas exige estar colegiado. Tienen derecho a incorporarse al Colegio todos aquellos profesionales que lo soliciten a la Junta de Gobierno, acreditando estar en posesión de la titulación correspondiente. Además el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de la Región de Murcia ha establecido un acercamiento y contacto con el deseo de mantener una comunicación fluida con los futuros compañeros, de forma que se puedan beneficiar de las actividades y servicios que presta el Colegio por medio de la precolegiacion.


FALTAN FORMULARIOS RELLENABLES

 
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  • Decreto 2094/1971, de 13 de agosto, por el que se regulan las facultades y competencias profesionales de los Ingenieros Técnicos de especialidades agrícolas.
  • Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
  • Ley 74/1978, de 26 de diciembre, de normas reguladoras de los Colegios Profesionales.
  • Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General. Real Decreto 2772/1978, de 29 de septiembre (Modificado por Real Decreto 429/1999, de 12 de marzo, y Real Decreto 861/2003, de 4 de julio).
  • Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos.
  • Ley 33/1992, de 9 de diciembre, de modificación de la Ley 12/1986, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos.
  • Real Decreto 50/1995. Por el que se modifican los Reales Decretos que establecen determinados títulos oficiales de Ingenieros Técnicos y se aprueban las directrices generales propias de sus planes de estudio.
  • Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de Colegios Profesionales de la Región de Murcia.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Real Decreto Ley 6/2000 de modificación de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales.
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
  • Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (Ley Paraguas).
  • Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (Ley Ómnibus).
  • Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
  • Código Deontológico. Reglamento de normas deontológicas de actuación profesional del Ingeniero Técnico Agrícola y Perito Agrícola.
  • Anuncio por el que se hace público la inscripción en el Registro de Colegios y Consejos de Colegios de la Región de Murcia la constitución del Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Murcia y la declaración de legalidad e inscripción de sus Estatutos.(BORM 16 de marzo de 2011).